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Publicada la convocatoria y los criterios específicos de los sexenios de 2021


Acaba de publicarse la convocatoria de sexenios de investigación de 2021 y los correspondientes criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación.


El período de solicitud será desde el 17 de enero de 2022 hasta el 7 de febrero de 2022.


PROCEDIMIENTO:

Los formularios y anexos serán cumplimentados y enviados por vía telemática a través de la sede electrónica de ANECA: https://aneca.sede.gob.es/.


Las solicitudes deberán incluir la siguiente documentación, que estará disponible en la sede electrónica de ANECA:

a) Impreso de solicitud generado por la aplicación firmado por el/la solicitante.


b) Currículum que se genera al cumplimentar la aplicación de solicitud con las cinco aportaciones que la persona interesada quiera someter a evaluación.

Se entenderá por «aportación» cualquier unidad clasificable en alguno de los criterios de evaluación a que se remite el apartado 6 de la presente convocatoria.

Cada aportación deberá incluir:

– Los datos que sean necesarios para su localización e identificación.

– El archivo en pdf justificativo de dicha aportación.

– El «DOI» (Digital Object Identifyer) en el caso de que la aportación disponga de él.


Además, habrá de subirse a la aplicación la siguiente documentación:

c) Curriculum Vitae normalizado (se recomienda el modelo de la FECYT), que incluya exclusivamente las actividades de investigación, desarrollo e innovación. Asimismo, se recomienda que se aporte el «DOI» (digital object identifier) de aquellas publicaciones que dispongan de él.


d) Hoja de servicios original actualizada que incluya el período cuya evaluación se solicita, en la que conste el régimen de dedicación de la persona solicitante durante dicho período. La hoja de servicios deberá ser de fecha posterior al día de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».


e) Si la investigación se ha realizado en un centro que no figura en la «Hoja de servicios», deberá adjuntarse una copia de los contratos, nombramientos, credenciales de becaria o becario o documentos fehacientes similares, y que incluyan el periodo de tiempo y el régimen de dedicación. Deberá en todo caso tratarse de un centro docente superior o cuya actividad primordial y regular sea la investigación.


CRITERIOS DE EVALUACIÓN:

En la evaluación se observarán los criterios generales establecidos en el artículo 7 de la Orden de 2 de diciembre de 1994 y en el apartado tercero de la Orden CNU/1181/2019, de 3 de diciembre. Dichos criterios generales se complementan con los criterios específicos aprobados para cada uno de los campos de evaluación por resolución de la CNEAI de 23 de diciembre de 2021.


CONSULTAS:

Las consultas sobre el programa o la aplicación informática han de hacerse a través de http://www.aneca.es/Contacto/ANECA_responde.



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